En caso que de que sea víctima de un hurto, robo o extravío de cheque, debe cumplir ciertas obligaciones necesarias para no ser responsable del delito de Giro Doloso de Cheques. Es muy importante que cumpla con aquellas dado que posteriormente aquel que robo, se encontró o hurto el cheque puede intentar acciones judiciales de cobro o incluso puede venderlo a alguna empresa de factoring y pueden iniciar un procedimiento en contra suya, que le puede traer graves implicancias si usted no toma los resguardos a tiempo. Todo esto atendido que la ley le exige que usted ante la pérdida, hurto, robo de un cheque realice lo que se indica a continuación.

Ante una pérdida, hurto, robo de un cheque estas obligado según el artículo 29 de la ley sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques a:
a) Dar aviso del hecho al banco correspondiente, el cual suspenderá el pago del cheque por diez días.
b) Publicar el aviso del hecho, durante tres días, en un diario de la localidad y Conservar toda la documentación relacionada, incluyendo recortes de las publicaciones.
c) Pedir a la persona que giró el cheque, la anulación del cheque extraviado y el otorgamiento de otro nuevo en su favor, en el mismo plazo de diez días.
d) Interponer la respectiva denuncia en carabineros.
e) En subsidio, pedirá al juez que prohíba al banco el pago del cheque extraviado.

Scroll al inicio
Call Now Button¡Llámanos Ahora!