Abogados del Maule presta asesoría legal en delitos económicos, concretamente ante Estafas y otras defraudaciones, de forma de perseguir penal y civilmente al responsable de tal ilicito y lograr se le sancione con las máximas penas que establece la legislación.
Así también ofrecemos nuestra asesoría a aquellos que sean acusados de cometer el delito de estafa y que sean demandados por estafa, de forma de velar por sus derechos.
El delito de estafa se enmarca dentro de los llamados delitos económicos y consiste en la defraudación económica y con ánimo lucrativo a otro, usando de nombre fingido, atribuyéndose poder, influencia o créditos supuestos, aparentando bienes, crédito, comisión, empresa o negociación imaginarios, o valiéndose cualquier otro engaño semejante.

Primero debemos señalar que la Estafa es un delito de acuerdo a nuestro Código Penal, en tanto la Doctrina señala que la estafa es una conducta engañosa, con ánimo de lucro, propio o ajeno, que determinado un error en una persona o varias personas, las induce a realizar un acto de disposición, consecuencia del cual produce un perjuicio patrimonial en estas personas.

Para encontrarnos ante el delito de estafa se requiere que concurran los siguientes elementos:
1) El Engaño.
2) El Error.
3) La Disposición Patrimonial.
4) El Perjuicio Patrimonial.

Las personas que se encuentren imputadas por el delito de estafa, en el evento que sean condenadas arriesgan diferentes penas según la cuantía de la defraudación:
  • La pena de presidio menor en su grado medio a máximo (de 541 días a 5 años de presidio) y multa de 11 a 15 unidades tributarias mensuales (aprox. $ 363.000 a $ 495.000 pesos), si la apropiación excediera a 40 unidades tributarias mensuales (aprox. $ 1.320.000 pesos).
  • La pena de presidio menor en su grado medio (de 541 días a tres años de presidio) y multa de 6 a 10 unidades tributarias mensuales (aprox. $ 198.000 a $ 330.000 pesos), si la apropiación excediere de 4 unidades tributarias mensuales y no pasare de 40 unidades tributarias mensuales (aprox. $ 132.000 a $ 1.320.000 pesos).
  • La pena de presidio menor en su grado mínimo (de 61 a 541 días de presidio) y multa de cinco unidades tributarias mensuales, si excediere de una unidad tributaria mensual y no pasare de cuatro unidades tributarias mensuales (aprox. $ 33.000 a $ 132.000 pesos).
  • La pena de presidio menor en su grado máximo (de 3 años y un día a 5 años de presidio) y multa de 21 a 30 unidades tributarias mensuales (aprox. $ 693.000 a $ 990.000 pesos), si la cosa apropiada indebidamente excediere de 400 unidades tributarias mensuales (aprox. $ 13.200.000 pesos).

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