Brindamos servicios de

Asesoría jurídica de Divorcio de Común acuerdo

Divorcio de Común Acuerdo

Divorcio acordado o divorcio de mutuo acuerdo es aquel en que hay acuerdo de los cónyuges respecto del divorcio, del pago o no pago de alguna compensación , y de los asuntos concernientes a los hijos menores de edad (tuición, visitas y alimentos).

Requisitos del divorcio de mutuo acuerdo

1.- Un lapso de 1 años desde el cese de la convivencia: Sin el transcurso de este año usted no podrá divorciarse (si podría tal vez separarse judicialmente). Cese de la convivencia no implica necesariamente que los cónyuges dejen de vivir bajo un mismo techo. Puede cesar la convivencia aún cuando los cónyuges continúen viviendo bajo el mismo inmueble, pues «la convivencia» matrimonial es una convivencia calificada, que implica mantener una comunidad de vida, un objetivo o un proyecto de vida en común. En todo caso, será el juez quién en última instancia deberá ponderar la situación (claramente es mas sencillo probar el cese cuando los cónyuges viven bajo distinto techo).

Si usted contrajo matrimonio después del 18 de Noviembre del año 2004 es importante que al momento de separarse de su pareja (separarse de hecho), deje constancia de aquel cese de convivencia en la forma que estipula la ley, dado que en caso contrario usted no podrá divorciarse pues no podrá probar el cese de convivencia (este sólo puede probarse realizando el cese de la forma que señala la ley). Si desea hacer el cese de convivencia. Contáctenos.

2.- Que no exista reanudación de la vida en común durante el transcurso del año desde el cese de la convivencia: En este sentido nuestra legislación es bastante clara pues en el mismo artículo 55 incisos final «La reanudación de la vida en común de los cónyuges, con ánimo de permanencia, interrumpe el cómputo de los plazos a que se refiere este artículo»

3.- Que ambos cónyuges lo soliciten de común acuerdo.

4.- Acompañar acuerdo completo y suficiente: El acuerdo completo y suficiente es a que que, ajustándose a la ley, regule ciertas materias entre los cónyuges y respecto a los hijos.

Desarrollo del divorcio de mutuo acuerdo

1.- Usted se comunica con nosotros y nos indica su deseo de divorciarse: En base a los antecedentes que nos entregue haremos un estudio de factibilidad de su divorcio, le señalaremos y explicaremos el procedimiento y realizaremos el «acuerdo completo y suficiente» (que es aquel acuerdo escrito respecto a ciertas materias entre los cónyuges).

2.- Elaboraremos y presentaremos la demanda de divorcio : Para este efecto le solicitaremos algunos documentos o si lo prefiere los requeriremos nosotros ante los organismos correspondientes (certificado de matrimonio y certificado de nacimiento de los hijos de filiación matrimonial, en principio).

3.- Audiencia preparatoria y Audiencia de Juicio: Al presentar al tribunal la solicitud conjunta de divorcio de mutuo acuerdo este fijará una audiencia, que será en la que usualmente se dictará sentencia.

4.- Sentencia que declara el divorcio  o lo rechaza: Si en la audiencia de juicio se acreditan los requisitos de procedencia el juez al sentenciar decretará el divorcio.

Tiempo de tramitación del Divorcio acordado

El divorcio acordado o divorcio de mutuo acuerdo tiene una duración menor que el divorcio sin acuerdo. En Talca, la duración del divorcio de mutuo acuerdo es actualmente de aproximadamente 1 mes (es mucho menor a lo que se demora la tramitación del divorcio de mutuo unilateral o un divorcio culposo y además suele ser menos costoso).

Acuerdo completo y suficiente

Como señalamos, dentro de los requisitos para la procedencia del divorcio de mutuo acuerdo está acompañar un «acuerdo completo y suficiente». No es por tanto un simple acuerdo, sino que debe ser «completo y suficiente»:

Será completo, si regula todas y cada una de las materias indicadas en el artículo 21 de la Ley de Matrimonio Civil, vale decir:

  • Respecto a los cónyuges, deberá aludir el acuerdo a la regulación de sus relaciones mutuas, especialmente en lo concerniente a:

1.- Los alimentos que se deban; y

2.- Las materias vinculadas al régimen de bienes del matrimonio.

  • Si hubiere hijos, dicho acuerdo deberá regular también, a lo menos:

1.- El régimen aplicable a los alimentos ;

2.- El cuidado personal  de los hijos; y

3.- La relación directa y regular  que mantendrá con los hijos aquél de los padres que no los tuviere bajo su cuidado.

Será suficiente:

1.- Si resguarda el interés superior de los hijos;

2.- Si procura aminorar el menoscabo económico que pudo causar la ruptura; y

3.- Si establece relaciones equitativas, hacia el futuro, entre los cónyuges cuyo divorcio se solicita.

«Si no existe acuerdo respecto a alguna o algunas de las materias que debe contener el acuerdo completo y suficiente, usted deberá demandar unilateralmente».

Documentos necesarios para su Divorcio

Los documentos que necesitaremos para su divorcio variarán según el caso concreto, no obstante generalmente se requerirá:

  • Certificado de matrimonio.
  • Certificado de nacimiento de los hijos/as.
  • Acta de matrimonio.
  • Antecedentes del domicilio del cónyuge.
  • Listado de los bienes; y
  • Otros medios probatorios determinados por ley.

Clases de Divorcio

1.- Divorcio de Mutuo Acuerdo. 

2.- Divorcio Unilateral o divorcio sin acuerdo

3.- Divorcio culposo.

Ley 19.947, «Nueva ley de Matrimonio civil»

Regula los requisitos para contraer matrimonio, la forma de su celebración, la separación de los cónyuges , la declaración de nulidad matrimonial, la disolución del vínculo y los medios para remediar o paliar las rupturas entre los cónyuges y sus efectos.

Presione aquí para ir a la ley.

Temas relacionados

Scroll al inicio
Call Now Button¡Llámanos Ahora!